¿Tienes un problema con una compra (tienda física, online, garantías)?

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Preguntas más consultadas de Compras:

Actualmente no existen consultas previas registradas sobre las preguntas de este sector.

Compras (Compra en tienda física) En un folleto publicitario se indicaba que unos zapatos valían 50 euros, pero al ir a la tienda me han dicho que era un error y que valen 100. ¿Es esto legal?

En principio, no. La publicidad vincula al vendedor y las condiciones anunciadas deben respetarse. Ahora bien, si se trata de un error manifiesto, es decir, un error evidente, grave e indiscutible que una persona consumidora media podía detectar fácilmente, la tienda podría no quedar obligada por ese precio. Por ejemplo, sería distinto anunciar unos zapatos a 50 euros que anunciar por error un producto de alto valor a un precio claramente irreal.

Compras (Compra en tienda física) ¿Pueden las tiendas liquidar todas sus existencias cuando cierran o cambian de actividad?

Sí, siempre que se trate de una verdadera liquidación por una causa justificada, como el cierre del establecimiento, el cambio de actividad, el cambio de local o circunstancias similares. La tienda debe informar claramente del motivo de la liquidación y respetar los requisitos aplicables. La duración máxima general es de un año, aunque pueden existir obligaciones adicionales según la normativa de comercio de cada comunidad autónoma.

Compras (Compra en tienda física) ¿Puede una tienda ofrecer rebajas de productos deteriorados o comprados solo para las rebajas?

No. No pueden presentarse como rebajados los productos deteriorados ni los adquiridos expresamente para venderlos a un precio inferior como si fueran una rebaja. Para calificarse como venta en rebajas, los productos deben haber sido puestos a la venta a precio ordinario con anterioridad. La rebaja afecta al precio, pero no reduce los derechos de la persona consumidora ni las garantías del producto.

Compras (Compra en tienda física) ¿Qué son los saldos y cómo deben informarse al consumidor?

Los saldos son productos cuyo valor de mercado ha disminuido manifiestamente por deterioro, desperfecto, desuso u obsolescencia. La venta debe anunciarse como «saldos» o «venta de restos» y, si los artículos están deteriorados o defectuosos, esa circunstancia debe indicarse de forma precisa y ostensible. En todo caso, no pueden venderse como saldos productos cuya venta implique un riesgo o engaño para la persona consumidora.

Compras (Compra en tienda física) El otro día me dieron un folleto publicitario donde se indicaba que, si compraba más de 1.000 euros en un supermercado, me regalarían un fin de semana en un hotel rural, pero luego me dijeron que tenía que pagar 50 euros cada noche. ¿Es esto legal?

No, en principio no es legal anunciar un bien o servicio como gratuito si después la persona consumidora debe pagar cantidades adicionales, salvo los costes inevitables para responder a la promoción, recoger el regalo o recibirlo. Si el folleto anunciaba un fin de semana gratis y después exigían pagar 50 euros por noche, podría tratarse de una práctica comercial engañosa.

Compras (Compra en tienda física) El otro día quise pagar mi compra en efectivo. ¿Puedo usar cualquier billete o moneda?

No siempre. Los billetes y monedas en euros son medios de pago de curso legal, pero el establecimiento puede rechazar un pago si existe una razón justificada y proporcionada, por ejemplo si se pretende pagar una compra de importe muy bajo con un billete de valor muy alto y no hay cambio suficiente. Además, con carácter general no existe obligación de aceptar más de 50 monedas en un mismo pago, salvo en las cajas públicas y otros supuestos legalmente previstos.

Compras (Compra en tienda física) ¿Puedo pagar más de 50 monedas en un solo pago?

Puedes ofrecer más de 50 monedas, pero el comercio no está obligado a aceptarlas. Con carácter general, ninguna parte está obligada a aceptar más de 50 monedas en un mismo pago, salvo en las cajas públicas y otros supuestos legalmente previstos.

Compras (Compra en tienda física) Si mi compra supera los 1.500 euros, ¿puedo pagar en efectivo o con cheque al portador?

Con carácter general, no si en la operación interviene un empresario o profesional: no pueden pagarse en efectivo operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros. A estos efectos, el efectivo incluye medios como el cheque al portador y no puede eludirse el límite fraccionando el pago. Existe una excepción relevante: cuando paga una persona física que no actúa como empresario o profesional y acredita que no tiene su domicilio fiscal en España, el límite es de 10.000 euros.

Compras (Compra en tienda física) ¿Puede un establecimiento anunciar rebajas si menos de la mitad de sus productos están rebajados?

Sí, pero debe hacerlo con precisión. Para anunciar rebajas de forma general en todo el establecimiento, la reducción debe afectar al menos a la mitad de los productos puestos a la venta. Si solo están rebajados algunos productos o secciones, la tienda debe anunciarlo de forma limitada y clara, por ejemplo indicando qué artículos o zonas están realmente en rebajas. La normativa autonómica puede añadir requisitos específicos.

Compras (Compra en tienda física) ¿Un artículo rebajado puede estar a la venta si nunca se ha vendido a precio normal en la tienda?

No puede anunciarse como venta en rebajas un artículo que no se hubiera puesto a la venta a precio ordinario con anterioridad. Otra cosa es que la tienda pueda vender un producto nuevo a un precio promocional o reducido, siempre que lo identifique correctamente y no cree una impresión engañosa de descuento respecto de un precio anterior que no existió. Cuando sea exigible indicar un precio anterior, debe respetarse la regla del precio más bajo aplicado durante los 30 días anteriores.