¿Tienes un problema con tus suministros (electricidad, agua, gas, teléfono)?
Preguntas más consultadas de Suministros:
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Sí. En una contratación por internet, la empresa debe enviarte la confirmación del contrato en un soporte duradero, como un correo electrónico o un documento descargable, en un plazo razonable y, como tarde, antes de que empiece la prestación del servicio. Esa confirmación debe recoger las condiciones contratadas. Además, al tratarse de una contratación a distancia, normalmente dispones de 14 días naturales para desistir sin justificar tu decisión, salvo excepciones previstas en la normativa.
Sí. Puedes darte de baja en cualquier momento comunicándolo al operador con una antelación mínima de dos días hábiles. El operador debe permitirte solicitar la baja por la misma vía por la que contrataste y, en todo caso, por teléfono, y debe facilitarte un número de referencia o justificante de la gestión. La baja en sí no puede suponer un coste, aunque, si tienes un compromiso de permanencia vigente, puede aplicarse la penalización prevista en el contrato, que deberá ser proporcional al tiempo de permanencia que quede por cumplir.
Sí. Con carácter general, si el retraso total o parcial en el pago supera un mes, el operador puede suspender temporalmente el servicio previo aviso. En el caso de la telefonía fija existen garantías adicionales: el aviso debe realizarse con al menos 15 días de antelación, la suspensión no puede efectuarse en día inhábil y deben mantenerse las llamadas entrantes, salvo las de cobro revertido, y las llamadas salientes a servicios de urgencia. Para otros servicios, como la telefonía móvil, deben tenerse en cuenta además las condiciones previstas en el contrato.
Si te han suspendido el servicio de telefonía fija por impago, el operador debe restablecerlo dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga constancia de que has pagado la cantidad pendiente.
Sí. Si se interrumpe el servicio, tienes derecho a las compensaciones previstas en la normativa. En telefonía, la indemnización se calcula teniendo en cuenta la duración de la interrupción y los importes facturados o la cuota mensual, y debe abonarse automáticamente en la factura siguiente cuando supere un euro. En internet, corresponde la devolución proporcional de la cuota y demás cantidades fijas correspondientes al tiempo en que el servicio no estuvo disponible; si la interrupción supera seis horas, continuas o discontinuas, entre las 8:00 y las 22:00, la compensación debe aplicarse automáticamente. Estas compensaciones se entienden sin perjuicio de la posible reclamación de otros daños que procedan.
Sí. Puedes solicitar al operador la desconexión de determinados servicios, entre ellos las llamadas internacionales y los servicios de tarificación adicional. El operador debe realizar la desconexión en un plazo máximo de 10 días desde que recibe tu solicitud. Si no lo hace en ese plazo por una causa que no te sea imputable, los costes posteriores derivados del servicio cuya desconexión solicitaste serán a cargo del operador. La factura debe informarte periódicamente de este derecho.
Son servicios que tienen un coste añadido respecto de las llamadas, mensajes o datos ordinarios. Pueden incluir, por ejemplo, llamadas a determinados números de precio especial, concursos, votaciones, suscripciones, contenidos digitales, entretenimiento o servicios para adultos. Los mensajes premium son SMS o MMS de coste superior al habitual, normalmente asociados a suscripciones o contenidos. Estos servicios deben informarte claramente del precio y de las condiciones antes de contratarse o usarse. Si aparecen cargos que no reconoces, reclama al operador y solicita la desconexión de estos servicios para evitar nuevos cobros.
Sí. La persona titular de una línea fija o móvil puede solicitar al operador la desconexión o bloqueo de los servicios de tarificación adicional y de los servicios de mensajes premium para evitar cargos no deseados. Esto incluye, por ejemplo, llamadas a determinados números de tarificación adicional, como los que empiezan por 803, 806, 807 o 905, y servicios de SMS o MMS premium. Conviene pedirlo por un medio que deje constancia y solicitar confirmación de que el bloqueo se ha activado. No todos los números especiales son servicios de tarificación adicional: por ejemplo, los 901 y 902 tienen un régimen distinto.
Los principales números de tarificación adicional comienzan por 803, para servicios dirigidos a adultos; 806, para servicios de ocio y entretenimiento; 807, para servicios profesionales, empresariales o de información; y 905, para determinados servicios de llamadas masivas, como televoto, entretenimiento o servicios profesionales. Estos servicios están sujetos a obligaciones específicas de información sobre su precio y sobre el prestador del servicio. Si no quieres poder utilizarlos, puedes solicitar a tu operador su desconexión.
Los SMS o MMS premium utilizan numeraciones cortas específicas. Los principales rangos son:
- Los que empiezan por 2: servicios con un precio de hasta 1,20 euros.
- Los que empiezan por 3: servicios con un precio superior a 1,20 euros y de hasta 6 euros.
- Los que empiezan por 79: servicios de suscripción, con un precio de hasta 1,20 euros por mensaje recibido.
- Los que empiezan por 99: servicios exclusivos para adultos, con un precio de hasta 6 euros.
Estos límites se refieren a precios antes de impuestos. Además, el subrango 280 está reservado a campañas benéficas o solidarias.