¿Tu consulta es sobre compraventa o alquiler de vivienda?

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Preguntas más consultadas de Vivienda:

Vivienda (Compraventa) ¿Es obligatorio que el contrato de compraventa de una casa se haga ante notario?
Vivienda (Compraventa) ¿Puede un anuncio de venta de vivienda ocultar datos importantes o dar información engañosa?

No. La publicidad y la información sobre una vivienda deben ser claras, completas, objetivas, veraces y comprensibles. No pueden ocultar datos esenciales ni presentar la vivienda de forma que pueda inducirte a error sobre su precio, características, superficie, cargas, estado de ocupación, servicios, instalaciones o condiciones jurídicas. Si la publicidad te llevó a contratar, puede servir como base para reclamar.

Vivienda (Compraventa) ¿Me puede cobrar una inmobiliaria honorarios por comprar una vivienda?

Sí, en determinados casos. Una inmobiliaria puede cobrarte honorarios si has contratado o aceptado válidamente un servicio a tu cargo y te ha informado previamente de forma clara de su precio y condiciones. Si la inmobiliaria actúa por encargo del vendedor, su mera intervención en la compraventa no significa por sí sola que tengas que pagar sus honorarios. Cuando corresponda que los pagues, ese coste debe haberte sido informado previamente. La normativa autonómica puede establecer requisitos adicionales.

Vivienda (Compraventa) ¿Qué pasa si el banco no me concede la hipoteca y ya había firmado arras?

Depende de lo que hayas pactado y del Derecho civil aplicable. Con carácter general, la denegación de la hipoteca no garantiza por sí sola que puedas recuperar las arras. Si el contrato condiciona la compra a la obtención de financiación, habrá que aplicar lo previsto en esa cláusula; si no lo hace, las consecuencias dependerán del tipo de arras y de las condiciones pactadas. Además, en algunos territorios con Derecho civil propio existen reglas específicas sobre la denegación de financiación.

Vivienda (Compraventa) ¿Qué garantía tengo si compro una vivienda sobre plano y entrego cantidades a cuenta?

La promotora debe garantizar, desde que obtiene la licencia de edificación, la devolución de las cantidades que entregues a cuenta, incluidos los impuestos aplicables y el interés legal, mediante un seguro de caución o un aval solidario. Al firmar el contrato debe entregarte el documento que acredita esa garantía, referido a las cantidades que vas a anticipar. Además, el dinero debe ingresarse en una cuenta especial separada de otros fondos de la promotora y destinada a la construcción de las viviendas.

Vivienda (Compraventa) ¿Qué puedo hacer si la promotora no empieza o no termina la vivienda en plazo y yo había entregado dinero a cuenta?

Si la construcción no se inicia o la vivienda no se entrega en el plazo pactado, puedes optar por resolver el contrato y recuperar las cantidades entregadas a cuenta, incluidos los impuestos aplicables y los intereses legales, o conceder una prórroga a la promotora, que debe quedar documentada con la nueva fecha de terminación y entrega. Si reclamas fehacientemente la devolución a la promotora y no te paga en 30 días, puedes reclamar al avalista o a la aseguradora que garantice esas cantidades. También puedes dirigirte directamente a ellos si no resulta posible reclamar previamente a la promotora.

Vivienda (Compraventa) ¿Debe la publicidad de una vivienda sobre plano informar del aval o seguro de las cantidades entregadas a cuenta?

Sí, cuando la promoción prevé recibir cantidades a cuenta antes o durante la construcción, la publicidad debe indicar que la promotora ajustará su actuación a la ley y debe mencionar la entidad aseguradora o avalista que garantiza esas cantidades, así como la entidad de crédito en la que está abierta la cuenta especial para ingresarlas.

Vivienda (Compraventa) Si compro una vivienda nueva a una promotora, ¿deben entregarme la licencia de primera ocupación o el documento equivalente?

Sí. Si compras una vivienda nueva a una promotora, tienes derecho a recibir la documentación que acredite que la vivienda puede utilizarse u ocuparse legalmente, cuando sea exigible. Según la comunidad autónoma y el municipio, puede tratarse de una licencia de primera ocupación, una cédula de habitabilidad u otro documento o título equivalente. Al firmar el contrato puedes exigir copia de esta documentación a costa del vendedor.

Vivienda (Compraventa) ¿Qué es el Libro del Edificio y puedo pedirlo al comprar una vivienda nueva?

El Libro del Edificio reúne la documentación de la obra ejecutada, como el proyecto final, el acta de recepción, la identificación de los agentes que participaron en la construcción y las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Esta documentación debe ponerse a disposición de los usuarios finales y el promotor debe entregar al adquirente la documentación de obra ejecutada que corresponda. En edificios con varios propietarios, la forma de entrega, custodia y acceso al Libro del Edificio puede depender también de la normativa aplicable y de la comunidad de propietarios.

Vivienda (Compraventa) ¿Puedo pedir información sobre amianto, accesibilidad o protección urbanística antes de comprar una vivienda?

Sí. Antes de comprar puedes pedir información sobre las condiciones de accesibilidad de la vivienda y del edificio, así como sobre aspectos territoriales, urbanísticos, técnicos, patrimoniales o administrativos relevantes. También puedes solicitar información sobre la detección de amianto u otras sustancias peligrosas. Si el edificio cuenta oficialmente con protección arquitectónica o histórica, puedes pedir información sobre su grado de protección y las limitaciones que pueda implicar para realizar obras o reformas.

Vivienda (Compraventa) ¿Puedo saber antes de comprar si la vivienda está alquilada u ocupada?

Sí. Antes de comprar puedes pedir información sobre el estado de ocupación o disponibilidad de la vivienda. Es importante comprobar si está libre, alquilada o existe alguna otra persona con derecho a ocuparla, porque esta situación puede afectar a la compra. Si la vivienda está alquilada, el comprador puede quedar obligado a respetar el contrato de arrendamiento en los términos previstos legalmente.