¿Tu consulta es sobre vuelos o transporte terrestre?
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Sí. No habrá derecho a compensación económica si la compañía acredita que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso tomando todas las medidas razonables. Tampoco habrá compensación si la compañía informó de la cancelación con al menos 2 semanas de antelación. Si informó entre 7 días y 2 semanas antes, no habrá compensación si ofreció un transporte alternativo que saliera como máximo 2 horas antes y llegara menos de 4 horas después de la hora prevista. Si informó con menos de 7 días de antelación, no habrá compensación si ofreció un transporte alternativo que saliera como máximo 1 hora antes y llegara menos de 2 horas después. Estas excepciones afectan a la compensación económica, pero no eliminan por sí solas los derechos de información, asistencia, reembolso o transporte alternativo que correspondan.
El overbooking o sobreventa se produce cuando hay más pasajeros con reserva que plazas disponibles en el avión. Si por ese motivo la compañía te deniega el embarque contra tu voluntad, pese a tener una reserva válida y haberte presentado correctamente, se trata de una denegación de embarque y tienes derecho a compensación económica, asistencia y a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo.
Cuando hay overbooking, la compañía debe pedir primero personas voluntarias que acepten renunciar a su reserva a cambio de las condiciones que acuerden con la aerolínea. Además, esas personas voluntarias tienen derecho a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo. Si no hay suficientes voluntarios y la compañía deniega el embarque a otros pasajeros contra su voluntad, estos tienen derecho a compensación económica, asistencia mientras esperan y a elegir entre reembolso o transporte alternativo hasta su destino.
Sí, si el retraso alcanza determinados tiempos mínimos. La aerolínea debe ofrecer comida y bebida suficientes, medios de comunicación y, si es necesario, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el hotel. Este derecho nace cuando el retraso previsto es de 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km; de 3 horas o más en vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km y en los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km; y de 4 horas o más en el resto de vuelos. Si el retraso es de al menos 5 horas, también puedes optar por no viajar y pedir el reembolso del billete en los términos previstos legalmente.
Si el contrato prevé la posibilidad de revisar el precio del viaje combinado, también tienes derecho a una reducción cuando disminuyan los costes que legalmente permiten esa revisión: el coste del transporte por combustible u otras fuentes de energía, determinados impuestos, tasas o recargos exigidos por terceros o los tipos de cambio aplicables al viaje. La reducción debe corresponder a la disminución de esos costes. La agencia u organizador puede descontar del reembolso los gastos administrativos reales y, si lo solicitas, debe acreditarlos.
Sí. En un viaje combinado puedes cancelar el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje, pero el organizador puede cobrarte una penalización adecuada y justificable. El contrato puede fijar una penalización tipo en función de la antelación con la que canceles, del ahorro de costes para la empresa y de los ingresos que pueda obtener si vende de nuevo el viaje. Si la penalización no está clara o te parece desproporcionada, puedes pedir que te expliquen cómo se ha calculado y reclamar.
La penalización debe ser adecuada y justificable. El contrato puede establecer una penalización tipo razonable teniendo en cuenta la antelación con la que cancelas, el ahorro de costes para la empresa y los ingresos que pueda obtener utilizando de otra forma los servicios del viaje. Si el contrato no establece una penalización tipo, el importe debe corresponder al precio del viaje menos el ahorro de costes y los ingresos derivados de la utilización alternativa de esos servicios. Si lo solicitas, el organizador o minorista debe justificar el importe de la penalización.
Sí. Comunica cuanto antes los incumplimientos y conserva pruebas de los servicios que no se han prestado correctamente. Puedes dirigir la reclamación indistintamente al organizador o al minorista. Deben intentar subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o suponga un coste desproporcionado. Si no lo hacen en un plazo razonable, puedes solucionarlo tú cuando sea posible y reclamar el reembolso de los gastos necesarios. Además, tienes derecho a una reducción adecuada del precio por el período durante el que haya existido la falta de conformidad y, cuando proceda, a una indemnización por los daños sufridos, salvo que concurra alguna de las causas legales de exoneración.
No. Si la compañía cancela el vuelo y eliges el reembolso, debe devolverte el dinero. Puede ofrecerte un bono, pero solo puedes quedar vinculado por él si lo aceptas voluntariamente y con información clara sobre sus condiciones. No pueden imponerlo como única alternativa al reembolso.
No. Aceptar un transporte alternativo tras la cancelación no supone por sí solo renunciar a la compensación económica. El derecho a compensación puede no existir si la compañía te informó de la cancelación con suficiente antelación, si te ofreció un transporte alternativo que cumple los límites horarios previstos legalmente o si acredita que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podían haberse evitado adoptando todas las medidas razonables. Si tienes derecho a compensación, su importe puede reducirse un 50 % cuando el transporte alternativo permite llegar al destino con un retraso limitado respecto de la hora inicialmente prevista, en función de la distancia del vuelo.