¿Tienes un problema relacionado con protección de datos personales?
Preguntas más consultadas de Protección de datos personales:
Actualmente no existen consultas previas registradas sobre las preguntas de este sector.
Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento. Retirarlo debe ser tan fácil como darlo y la empresa debe ofrecerte un procedimiento sencillo y gratuito para hacerlo. En los correos electrónicos comerciales debe incluirse una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida en la que puedas comunicar que ya no deseas recibirlos.
Si la compañía afirma que diste tu consentimiento para recibir llamadas comerciales, puedes pedirle información sobre el tratamiento de tus datos y, si ese tratamiento se basa en tu consentimiento, la empresa debe poder demostrar que lo prestaste. En cualquier caso, puedes retirar ese consentimiento o ejercer tu derecho de oposición para dejar de recibir llamadas comerciales, incluso manifestándolo durante la propia llamada. Si la llamada da lugar a una contratación telefónica, se entiende que no existe consentimiento para realizarla si este no fue obtenido o renovado expresamente en los dos años anteriores.
Sí. Puedes ejercer tu derecho de supresión y pedir a la aseguradora que elimine tus datos cuando ya no sean necesarios para la finalidad para la que fueron recogidos. No obstante, la finalización del contrato no implica que todos los datos deban borrarse inmediatamente: la aseguradora puede tener que conservar determinados datos para cumplir obligaciones legales o atender posibles reclamaciones. Cuando proceda su supresión, los datos deberán quedar bloqueados durante los plazos legalmente exigibles y no podrán utilizarse para otras finalidades.
Sí, en determinados casos. Puedes pedir que te entreguen los datos personales que hayas facilitado a una empresa, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, cuando el tratamiento se base en tu consentimiento o en un contrato y se realice por medios automatizados. También puedes pedir que esos datos se transmitan directamente a otra empresa cuando sea técnicamente posible.
La empresa debe atender tu solicitud sin dilación indebida y, en todo caso, informarte de las actuaciones realizadas en el plazo de un mes desde que la recibe. Cuando sea necesario por la complejidad y el número de solicitudes, puede ampliar ese plazo otros dos meses, pero debe informarte de la prórroga y de sus motivos dentro del primer mes. El ejercicio de estos derechos es gratuito. Solo si la empresa demuestra que una solicitud es manifiestamente infundada o excesiva, especialmente por su carácter repetitivo, podrá cobrar un canon razonable basado en los costes administrativos o negarse a actuar.
Sí. En general, el banco puede ceder el crédito hipotecario a otra entidad sin que sea necesario tu consentimiento, salvo que el contrato o la ley dispongan otra cosa. La cesión no puede aumentar tus obligaciones ni modificar por sí sola las condiciones del préstamo: el nuevo acreedor ocupa la posición del anterior respecto del crédito cedido. Debes conocer la cesión y quién es el nuevo acreedor para saber a quién debes realizar los pagos; si pagas al acreedor anterior antes de tener conocimiento de la cesión, ese pago te libera de la obligación.
Un registro de morosos, también conocido como fichero de morosos o sistema de información crediticia, es una base de datos en la que pueden incluirse datos sobre el impago de determinadas deudas dinerarias, financieras o de crédito. Algunas empresas consultan estos sistemas para valorar la solvencia o el riesgo de impago antes de conceder financiación o contratar determinados servicios. La inclusión de una deuda está sometida a requisitos legales y no puede hacerse por cualquier deuda ni de cualquier manera.
La deuda debe ser cierta, vencida, exigible e impagada, y su existencia o cuantía no debe estar siendo objeto de una reclamación administrativa o judicial ni de un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante. Además, la cuantía del principal de la deuda no puede ser inferior a 50 euros, el acreedor debe haberte informado previamente de la posibilidad de inclusión en estos sistemas y debe haberte requerido el pago antes de comunicar tus datos. Una vez comunicada la deuda, el propio sistema de información crediticia debe notificarte la inclusión e informarte de tus derechos.
Puedes ejercer tu derecho de acceso ante el responsable del registro o sistema de información crediticia para que te indique si tiene datos sobre ti y te facilite la información correspondiente, como la deuda por la que has sido incluido y la entidad que comunicó tus datos. Además, cuando tus datos se incorporan a uno de estos sistemas, su responsable debe notificarte la inclusión e informarte de tus derechos.
Si pagas la deuda, los datos relativos a ella deben suprimirse del registro. También puedes solicitar su rectificación o supresión si la deuda no existe, es incorrecta o no se cumplían los requisitos legales para incluirte. Además, los datos no pueden mantenerse más de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación. Si, pese a ello, continúas incluido, puedes ejercer tus derechos ante el responsable del registro y, si no atiende correctamente tu solicitud, reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.