¿Tu consulta es sobre banca o seguros?
Preguntas más consultadas de Banca y seguros:
Primero revisa la póliza para comprobar cómo se calcula la indemnización en caso de siniestro total: valor venal, valor de mercado, valor de reposición, valor de nuevo u otro sistema. El valor venal es el valor del vehículo justo antes del siniestro, teniendo en cuenta su antigüedad y estado. Si no estás de acuerdo, pide la valoración por escrito y aporta pruebas del estado real del coche, como mantenimiento, kilometraje, facturas, fotografías, accesorios incluidos en la póliza o anuncios de vehículos similares. Si el accidente lo causó un tercero, la reclamación puede depender también de la valoración del daño efectivamente sufrido, no solo de lo previsto en tu póliza. Si la diferencia es importante, puede ser útil un informe pericial. Si no hay acuerdo, reclama primero ante el servicio de atención al cliente o defensor del asegurado. Después puedes acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a sistemas alternativos como el arbitraje de consumo si la aseguradora está adherida o lo acepta, o a los tribunales.
Sí, el seguro obligatorio de responsabilidad civil sigue vigente hasta el vencimiento de la póliza, salvo que se resuelva o extinga conforme al contrato y a la ley. Pero para circular, el vehículo debe estar reparado, ser apto para circular y cumplir las exigencias técnicas y administrativas, como la ITV cuando corresponda. Si el coche no está en condiciones de circular, tener seguro no significa que puedas usarlo legalmente.
Normalmente sí. Si contrataste una prima anual pero la pagas de forma fraccionada, las cuotas pendientes suelen seguir siendo exigibles, porque el fraccionamiento es solo una facilidad de pago. Si pagaste toda la prima al inicio, no tienes derecho automático a que te devuelvan la parte no consumida, salvo que la póliza lo prevea o la aseguradora lo acepte. En la práctica, algunas compañías ofrecen un extorno, es decir, la devolución o compensación de parte de la prima no consumida, por ejemplo si aseguras otro vehículo con ellas. Conviene revisar la póliza y pedir a la aseguradora la liquidación por escrito.
Puedes reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros si se cumplen los requisitos legales. En caso de vehículo desconocido, el Consorcio cubre los daños personales. También puede cubrir daños materiales, pero con condiciones específicas, por ejemplo cuando como consecuencia del mismo accidente se hayan producido daños personales significativos. Si después se identifica al vehículo responsable o a su aseguradora, la reclamación puede dirigirse contra ellos. Conviene denunciar el accidente, conservar pruebas y comunicarlo cuanto antes a tu aseguradora.
Debes comprobar si la aseguradora está en un procedimiento de liquidación asumido o intervenido por el Consorcio de Compensación de Seguros. En determinados casos, el Consorcio puede hacerse cargo de las indemnizaciones pendientes o gestionar la liquidación de la entidad. No todas las situaciones de dificultad económica de una aseguradora son iguales, por lo que conviene presentar la reclamación por escrito, conservar la póliza y la documentación del siniestro, y consultar el procedimiento concreto ante el Consorcio o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Conviene comparar la póliza con detalle antes de cambiar. Dos seguros pueden parecer iguales, pero variar en exclusiones, límites de indemnización, franquicias, carencias, servicios incluidos, asistencia, red de profesionales, forma de valorar los daños, rapidez de gestión o requisitos para comunicar un siniestro. Pide el documento de información previa del producto y las condiciones generales y particulares antes de contratar.
Sí. El contrato de seguro y sus modificaciones deben formalizarse por escrito. La aseguradora debe entregar al tomador la póliza o, al menos, un documento de cobertura provisional. La póliza debe recoger las condiciones generales y particulares del seguro, y el tomador puede pedir un duplicado o copia si lo necesita.
La aseguradora o el mediador deben facilitarte la información previa y las condiciones del seguro en un soporte duradero, como un PDF, correo electrónico o documento que puedas conservar. Si por el medio utilizado no ha sido posible entregarte toda la información antes de contratar, deben facilitártela inmediatamente después. Además, deben entregarte la póliza o, al menos, un documento de cobertura provisional. En muchos seguros contratados a distancia puedes desistir en 14 días naturales, y en seguros de vida el plazo suele ser de 30 días, aunque existen excepciones.
El contrato de seguro debe formalizarse por escrito y la aseguradora debe entregarte la póliza o, al menos, un documento de cobertura provisional. Si no te han entregado ningún documento, debes reclamarlo cuanto antes. La falta de entrega puede generar problemas de prueba y de información, pero no conviene afirmar de forma automática que nunca exista cobertura: habrá que analizar si la aseguradora aceptó el riesgo, si se pagó la prima y qué pruebas existen de la contratación.
La aseguradora debe pagar, dentro de los 40 días desde que recibe la comunicación del siniestro, el importe mínimo de lo que pueda deber según las circunstancias conocidas. Una vez terminadas las investigaciones y peritaciones necesarias, debe pagar la indemnización que corresponda. Además, con carácter general, incurre en mora si no cumple su prestación en los tres meses siguientes al siniestro, salvo causa justificada o no imputable. En ese caso pueden generarse los intereses de demora previstos legalmente.