Respuesta
No existe una obligación general de la aseguradora de informar de oficio a los familiares. Para evitar que un seguro quede sin reclamar por desconocimiento, existe el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, donde puede consultarse si una persona fallecida tenía un seguro de vida o accidentes con cobertura de fallecimiento y con qué entidad. El registro no indica quién es el beneficiario ni el importe asegurado.