¿Tu consulta es sobre vuelos o transporte terrestre?
Preguntas más consultadas de Viajes y transportes:
Actualmente no existen consultas previas registradas sobre las preguntas de este sector.
Depende del tipo de servicio. Si se trata de un servicio regular cuya ruta programada completa es de 250 km o más (aunque el trayecto que tú realices sea más corto), la cancelación da derecho a elegir entre continuar o llegar al destino mediante un transporte alternativo en condiciones comparables y lo antes posible, o solicitar el reembolso del billete. El reembolso debe hacerse en dinero, salvo que aceptes otra modalidad. Estos derechos no desaparecen porque la cancelación se deba a un incendio ajeno a la compañía. No existe, en cambio, una compensación económica automática por el mero hecho de la cancelación; si la empresa no te ofrece la elección entre transporte alternativo y reembolso, el Reglamento reconoce además una compensación del 50 % del precio del billete. En servicios cuya ruta programada completa sea inferior a 250 km pueden resultar aplicables otras normas nacionales o autonómicas.
Si se trata de un servicio regular cuya ruta programada completa es de 250 km o más (aunque el trayecto que tú realices sea más corto) y se prevé que la salida se retrase más de 120 minutos, el transportista debe ofrecerte elegir entre continuar el viaje o llegar al destino mediante un recorrido alternativo, sin coste adicional y lo antes posible, o solicitar el reembolso del billete y, cuando proceda, el regreso gratuito al punto de partida. Si no te ofrece esta elección, tienes derecho además a una compensación del 50 % del precio del billete. Si estaba previsto que el viaje durara más de tres horas y la salida se retrasa más de 90 minutos, también tienes derecho a la asistencia prevista legalmente, como comida y bebida y, cuando sea necesario, alojamiento.
En los servicios regulares cuya ruta programada completa es de 250 km o más (aunque el trayecto que tú realices sea más corto), la asistencia prevista para las personas con discapacidad o movilidad reducida debe prestarse gratuitamente en las estaciones designadas y, en los supuestos previstos, a bordo del vehículo. Para garantizarla, debes comunicar tus necesidades con al menos 36 horas de antelación y presentarte en el punto designado a la hora indicada, que no puede ser más de 60 minutos antes de la salida; si no se fija una hora, al menos 30 minutos antes. Si no has avisado con antelación, el transportista y la entidad gestora de la estación deben hacer esfuerzos razonables para prestarte asistencia. Si la ruta programada completa del servicio es inferior a 250 km, este régimen específico de asistencia del Reglamento europeo no resulta aplicable, sin perjuicio de otros derechos que puedan corresponder conforme a la normativa aplicable.
Si se prevé que llegarás al destino final con un retraso de 60 minutos o más, puedes elegir entre el reembolso del billete (y, cuando proceda, el regreso al punto de partida), continuar el viaje o utilizar un transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible, o hacerlo en una fecha posterior que te convenga. Mientras esperas, tienes derecho a la asistencia que corresponda, como comida y bebida y, cuando sea necesario, alojamiento. Si decides continuar el viaje y llegas con retraso, también puedes tener derecho a una indemnización. En España, con carácter general, un retraso superior a una hora da derecho al 50 % del precio del billete y, si supera una hora y treinta minutos, al 100 %, salvo las excepciones legalmente previstas.
La normativa europea garantiza una indemnización mínima del 25 % del precio del billete para retrasos de entre 60 y 119 minutos y del 50 % para retrasos de 120 minutos o más, cuando el viajero continúa el viaje y no concurre alguna de las excepciones previstas legalmente. En España, el Reglamento del Sector Ferroviario establece con carácter general una indemnización del 50 % del precio del billete cuando el retraso en la llegada supera una hora y del 100 % cuando supera una hora y treinta minutos, sin perjuicio de las excepciones aplicables. Además, las empresas ferroviarias pueden ofrecer condiciones o compromisos de puntualidad más favorables.
Si se cancela tu tren, tienes derecho a la devolución del precio pagado. Si la cancelación se produce en las 48 horas anteriores a la salida, puedes elegir entre la devolución o un transporte alternativo en condiciones equivalentes. Si te informan de la cancelación en las cuatro horas anteriores a la salida, tienes derecho además a una indemnización equivalente al doble del importe del billete, salvo las excepciones legalmente previstas. Asimismo, aunque la cancelación se comunique con mayor antelación, si como consecuencia de ella se prevé que llegarás a tu destino final con un retraso de 60 minutos o más, la normativa europea te permite elegir entre el reembolso o continuar el viaje mediante un transporte alternativo, lo antes posible o en una fecha posterior que te convenga.
Si tu reclamación se refiere a los derechos reconocidos por la normativa europea de transporte en autobús o autocar, la compañía debe comunicarte en el plazo de un mes desde que la recibe si la admite, la rechaza o todavía la está examinando, y debe darte una respuesta definitiva como máximo en tres meses. Si no recibes respuesta en esos plazos, puedes acudir al organismo de aplicación competente. Si reclamas una cantidad económica derivada del contrato de transporte, también puedes acudir a la Junta Arbitral del Transporte competente. El arbitraje es gratuito y no requiere abogado ni procurador; en controversias de hasta 15.000 euros se presume el sometimiento a esta vía salvo que alguna de las partes lo hubiera excluido expresamente antes de iniciarse el transporte.
Depende de las condiciones de la reserva. En las reservas de alquiler de vehículos para una fecha o periodo concreto no existe, con carácter general, derecho legal de desistimiento por cambiar de opinión, aunque la contratación se haya hecho por internet. La empresa puede aplicar las condiciones de cancelación pactadas, siempre que te las haya informado de forma clara antes de contratar. Revisa si la tarifa era cancelable, si hay plazo para cancelar gratuitamente o si se aplica una penalización. Si la empresa ofrecía cancelación gratuita o flexible en la publicidad o en el contrato, puedes exigirla en esos términos.
Depende de lo contratado. Muchas reservas se realizan por categoría o grupo de vehículo y no por un modelo concreto; en ese caso, la empresa puede entregarte otro modelo de la misma categoría con características equivalentes. Si el vehículo reservado no está disponible, puede ofrecerte otro de categoría igual o superior sin cobrarte un suplemento. Si te entrega un vehículo de categoría inferior, debe reajustar el precio y puedes reclamar y, en su caso, resolver el contrato sin penalización. Si la reserva garantizaba expresamente un modelo concreto y no una categoría o un modelo "o similar", la entrega de otro vehículo puede constituir un incumplimiento de lo contratado.
Sí, pueden cobrar un recargo por devolución en una oficina distinta si esa condición se informó de forma clara antes de contratar, aparece en el contrato o en las condiciones aceptadas y el importe es transparente y no abusivo. La empresa debe indicarte el coste total o, si no puede calcularlo por adelantado, la forma en que se determinará. Si el recargo aparece después de contratar sin haber sido informado previamente, o es desproporcionado, puedes reclamar.