¿Tu consulta es sobre banca o seguros?
Preguntas más consultadas de Banca y seguros:
Puedes pedir a la aseguradora que te entregue la póliza y toda la documentación contractual en un soporte duradero, como papel o formato electrónico que puedas conservar. La contratación por teléfono puede ser válida si se cumplen los requisitos legales, pero la compañía debe facilitarte las condiciones del contrato. Si no te las entrega o las condiciones no coinciden con lo ofrecido, reclama por escrito y conserva grabaciones, mensajes o justificantes disponibles.
En muchos seguros contratados por internet o por teléfono tienes derecho a desistir en un plazo de 14 días naturales. En los seguros de vida, el plazo general es de 30 días. Existen excepciones, por ejemplo, determinados seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes o contratos que ya se hayan ejecutado por completo por ambas partes a petición expresa del consumidor. Conviene revisar el tipo de seguro y la información que te entregaron al contratar.
La aseguradora puede subir la prima en la renovación. Si la subida ya estaba prevista en la póliza mediante criterios de cálculo, puede aplicarse conforme a ellos. Si no estaba prevista, debe comunicarte la modificación con al menos dos meses de antelación y no puede aplicarla sin tu aceptación. Si no estás de acuerdo, puedes oponerte a la renovación respetando el plazo legal.
En algunos casos sí. Se llama acción de repetición y permite a la aseguradora reclamar al responsable lo pagado a la víctima cuando concurre un supuesto legal o contractual, por ejemplo conducción bajo alcohol o drogas, dolo, falta de permiso de conducir u otros casos previstos. No puede reclamarte sin base legal o contractual. Si recibes una reclamación de este tipo, pide el detalle de los hechos, cantidades y fundamento.
El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil por daños causados a terceros con los límites previstos legalmente. No cubre todos los daños posibles ni, en general, los daños propios de tu vehículo. Las coberturas voluntarias, como daños propios, robo, lunas, asistencia en viaje o defensa jurídica, dependen de lo contratado en la póliza. Antes de reclamar, conviene distinguir si el siniestro afecta al seguro obligatorio o a una cobertura voluntaria.
La defensa jurídica es una cobertura por la que la aseguradora asume, dentro de los límites pactados, gastos de reclamación o defensa en un conflicto cubierto. En los seguros de defensa jurídica tienes derecho a elegir libremente abogado y procurador cuando se inicia un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y también si existe conflicto de intereses. Conviene revisar los límites económicos y demás condiciones de la póliza.
Si vendes un coche, una vivienda u otro bien asegurado, debes comunicar la transmisión por escrito a la aseguradora en el plazo de 15 días. Con carácter general, el comprador se subroga en los derechos y obligaciones del seguro, aunque existen excepciones y la aseguradora o el adquirente pueden resolver el contrato en determinados supuestos. En el seguro de automóvil, además, hay que distinguir entre la cobertura obligatoria y las coberturas voluntarias.
Sí, la aseguradora puede grabar la llamada si existe una base legal para hacerlo, te informa de la grabación y cumple la normativa de protección de datos. La grabación puede utilizarse como prueba de lo contratado, pero no sustituye la obligación de facilitarte la documentación contractual. Si la póliza no coincide con lo ofrecido por teléfono, puedes solicitar acceso a la información de la grabación y reclamar.
El contrato debe entregarse en papel u otro soporte duradero, como un documento electrónico que puedas conservar, y debe estar redactado de forma clara, comprensible y legible. Si se usan términos técnicos, deben explicarse. En contratos con personas consumidoras, la letra debe tener un tamaño suficiente, con carácter general no inferior a 1,5 milímetros, y un contraste que permita su lectura. Además, antes de contratar, el banco debe facilitarte información suficiente sobre las condiciones esenciales de la cuenta.
Debe recoger de forma clara las condiciones principales de la cuenta: identificación de la entidad, servicios incluidos, forma de disponer del dinero, ingresos, retiradas, transferencias, adeudos domiciliados y demás operaciones permitidas; comisiones y gastos; tipos de interés, si los hay; duración del contrato; forma de modificarlo o cancelarlo; medidas de seguridad; responsabilidad en caso de operaciones no autorizadas; y vías de reclamación. Si la cuenta incluye servicios asociados, como tarjetas, también deben indicarse sus condiciones de uso y coste.