¿Tu consulta es sobre compraventa o alquiler de vivienda?
Preguntas más consultadas de Vivienda:
Con carácter general, el precio del alquiler se acuerda libremente entre el propietario y la persona inquilina. Sin embargo, si se trata de una vivienda habitual situada en una zona de mercado residencial tensionado, pueden existir límites al precio del nuevo alquiler. Estos límites dependen, entre otras circunstancias, de si la vivienda ha estado alquilada en los últimos 5 años y de si el propietario es un gran tenedor.
Los gastos de los suministros individualizados mediante contadores, como la luz, el agua o el gas, corresponden al inquilino, salvo que se haya pactado una condición más favorable. Si el arrendador cobra directamente estas cantidades junto con la renta, el justificante de pago debe indicar separadamente los distintos conceptos abonados.
No, si se trata de un arrendamiento de vivienda sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos. Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato corresponden al arrendador, por lo que no pueden trasladarte el denominado "mes de agencia" por esos conceptos. Esta regla no puede eludirse cambiando el nombre del cobro o presentando como servicio adicional una actuación que en realidad forme parte de la gestión o formalización del alquiler. Un servicio distinto, solicitado expresamente por ti y ajeno a esas gestiones, puede tener un tratamiento diferente. En arrendamientos de temporada, turísticos, locales u otros usos distintos del de vivienda, el régimen aplicable puede ser diferente.