¿Tu consulta es sobre compraventa o alquiler de vivienda?
Preguntas más consultadas de Vivienda:
Depende de la cuestión de que se trate. En los alquileres de vivienda, son nulas y se tienen por no puestas las cláusulas que modifiquen en perjuicio de la persona inquilina las normas de la Ley de Arrendamientos Urbanos cuando la propia ley no permita pactar algo diferente. En cambio, en las materias en las que la ley permite expresamente que las partes lleguen a un acuerdo, lo pactado en el contrato puede ser válido. Si el arrendador actúa como empresa o profesional, las cláusulas no negociadas individualmente deben respetar además la normativa de protección de las personas consumidoras.
Puedes comprobarlo en las resoluciones que publica el Ministerio competente en materia de vivienda, donde se recoge la relación de zonas de mercado residencial tensionado declaradas conforme al procedimiento legal. También conviene consultar la información de la comunidad autónoma competente, porque es quien declara la zona, y comprobar que la vivienda concreta está dentro del ámbito territorial declarado y que la declaración sigue vigente.
Antes de firmar y de entregar cualquier cantidad a cuenta puedes pedir información sobre quién es el arrendador y, en su caso, el intermediario, el precio del alquiler, las características esenciales de la vivienda y su situación jurídica. También puedes solicitar información sobre cuestiones como la superficie, las instalaciones, la habitabilidad, la eficiencia energética o las posibles cargas. Si la vivienda está en una zona de mercado residencial tensionado, además deben informarte antes de firmar, y hacerlo constar en el contrato, de que la vivienda se encuentra en esa zona, de la última renta de vivienda habitual vigente en los últimos 5 años y del valor que corresponda según el índice de referencia aplicable. La normativa autonómica puede establecer obligaciones adicionales.
El alquiler debe pagarse por medios electrónicos, como transferencia, domiciliación bancaria u otros medios que permitan acreditar el pago. Excepcionalmente, si alguna de las partes no tiene cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y lo solicita, puede pagarse en metálico en la vivienda alquilada. El arrendador debe entregar recibo, salvo que se haya pactado un sistema de pago que ya permita acreditar que has pagado. El recibo debe desglosar los distintos conceptos abonados.
Sí. Las partes pueden acordar que, durante un plazo determinado, el pago de la renta se sustituya total o parcialmente por el compromiso del inquilino de reformar o rehabilitar la vivienda en las condiciones pactadas. Es muy recomendable que el acuerdo y las obras que deben realizarse queden claramente recogidos por escrito. Al finalizar el alquiler, el inquilino no podrá pedir una compensación adicional por el coste de esas obras. Si incumple el compromiso asumido, el arrendador puede pedir la resolución del contrato.
Primero reclama directamente a la empresa arrendadora por un medio que permita acreditar el contenido y la fecha de la reclamación. Si no responde o la respuesta no es satisfactoria, puedes acudir a los servicios públicos de consumo, a una asociación de consumidores o, según el problema, a los servicios de vivienda competentes. También puedes acudir al arbitraje de consumo si la empresa está adherida o acepta someterse. Si el conflicto no se resuelve, puedes acudir a los tribunales. Ten en cuenta que, con carácter general, antes de presentar una demanda civil debe haberse intentado previamente una solución extrajudicial en los términos previstos legalmente.
No. La publicidad y la información sobre una vivienda deben ser claras, completas, objetivas, veraces y comprensibles. No pueden ocultar datos esenciales ni presentar la vivienda de forma que pueda inducirte a error sobre su precio, características, superficie, cargas, estado de ocupación, servicios, instalaciones o condiciones jurídicas. Si la publicidad te llevó a contratar, puede servir como base para reclamar.
El Libro del Edificio reúne la documentación de la obra ejecutada, como el proyecto final, el acta de recepción, la identificación de los agentes que participaron en la construcción y las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Esta documentación debe ponerse a disposición de los usuarios finales y el promotor debe entregar al adquirente la documentación de obra ejecutada que corresponda. En edificios con varios propietarios, la forma de entrega, custodia y acceso al Libro del Edificio puede depender también de la normativa aplicable y de la comunidad de propietarios.
Sí. Antes de comprar puedes pedir información sobre las condiciones de accesibilidad de la vivienda y del edificio, así como sobre aspectos territoriales, urbanísticos, técnicos, patrimoniales o administrativos relevantes. También puedes solicitar información sobre la detección de amianto u otras sustancias peligrosas. Si el edificio cuenta oficialmente con protección arquitectónica o histórica, puedes pedir información sobre su grado de protección y las limitaciones que pueda implicar para realizar obras o reformas.
Sí. Antes de comprar puedes pedir información sobre el estado de ocupación o disponibilidad de la vivienda. Es importante comprobar si está libre, alquilada o existe alguna otra persona con derecho a ocuparla, porque esta situación puede afectar a la compra. Si la vivienda está alquilada, el comprador puede quedar obligado a respetar el contrato de arrendamiento en los términos previstos legalmente.