¿Tienes un problema con tus suministros (electricidad, agua, gas, teléfono)?

‹ Volver a sectores

Preguntas más consultadas de Suministros:

Suministros (Teléfono e internet) ¿Por qué números empiezan las llamadas de tarificación adicional?
Suministros (Teléfono e internet) ¿Pueden suspenderme el servicio de telefonía por no pagar la factura?
Suministros (Teléfono e internet) He contratado un servicio de internet, teléfono y televisión en una tienda. ¿Tengo derecho a que me den una copia del contrato?
Suministros (Electricidad) ¿Puede mi comercializadora cambiar el precio o las condiciones de mi contrato de luz en mercado libre?
Suministros (Teléfono e internet) He recibido un SMS diciendo que tengo una factura pendiente y con un enlace para pagarla. ¿Qué debo hacer?
Suministros (Electricidad) Una subida de tensión me ha estropeado electrodomésticos. ¿Puedo reclamar?

Sí. Si los daños se deben a una incidencia en la red o a un incumplimiento de la calidad del suministro, puedes reclamar. Conserva pruebas como fotografías, informes técnicos y facturas de reparación o sustitución, e indica la fecha y hora aproximadas de la incidencia. Reclama ante tu comercializadora o distribuidora; si reclamas a la comercializadora, puedes pedirle que te represente frente a la distribuidora en la reclamación sobre la calidad del suministro. Si no se resuelve, puedes acudir a las vías administrativas, de consumo o judiciales que correspondan.

Suministros (Gas) ¿Qué es el bono social térmico? ¿tengo que solicitarlo a mi compañía de gas?

El bono social térmico es una ayuda económica destinada a compensar parte de los gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina de consumidores vulnerables. No es una tarifa ni un descuento en la factura del gas y no se solicita a la comercializadora de gas. Son beneficiarias las personas que tenían reconocido el bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, y su gestión y pago corresponden a las comunidades autónomas y ciudades autónomas.

Suministros (Electricidad) He comprado una vivienda de segunda mano y el anterior propietario no dio de baja el suministro eléctrico. ¿Qué debo hacer?

Si el suministro sigue activo, no necesitas darlo de alta de nuevo, sino poner el contrato a tu nombre. Puedes solicitar el cambio de titularidad a la comercializadora y no deben cobrarte por la expedición del nuevo contrato ni puedes quedar obligado a pagar las deudas del anterior titular. Si además quieres cambiar de comercializadora o modificar la potencia contratada, puedes solicitarlo, aunque en este último caso pueden aplicarse los derechos regulados que correspondan.

Suministros (Electricidad) ¿Puede mi comercializadora cambiar el precio o las condiciones de mi contrato de luz en mercado libre?

La comercializadora no puede modificar unilateralmente las condiciones de tu contrato. Si pretende cambiarlas, debe comunicártelo por escrito, de forma separada de la factura y con al menos un mes de antelación, e informarte de tu derecho a resolver el contrato sin coste.

Esto es distinto de una revisión de precio que ya estuviera prevista en el contrato mediante criterios claros y objetivos. En ese caso, la comercializadora debe informarte de la revisión, de sus motivos y de su alcance con al menos un mes de antelación. En los contratos a precio fijo no pueden incluirse cláusulas que permitan revisar el precio durante su vigencia.

Suministros (Teléfono e internet) ¿Puedo finalizar mi contrato de telefonía e internet cuando quiera?

Sí. Puedes darte de baja en cualquier momento comunicándolo al operador con una antelación mínima de dos días hábiles. El operador debe permitirte solicitar la baja por la misma vía por la que contrataste y, en todo caso, por teléfono, y debe facilitarte un número de referencia o justificante de la gestión. La baja en sí no puede suponer un coste, aunque, si tienes un compromiso de permanencia vigente, puede aplicarse la penalización prevista en el contrato, que deberá ser proporcional al tiempo de permanencia que quede por cumplir.

Suministros (Teléfono e internet) ¿Pueden suspenderme el servicio de telefonía por no pagar la factura?

Sí. Con carácter general, si el retraso total o parcial en el pago supera un mes, el operador puede suspender temporalmente el servicio previo aviso. En el caso de la telefonía fija existen garantías adicionales: el aviso debe realizarse con al menos 15 días de antelación, la suspensión no puede efectuarse en día inhábil y deben mantenerse las llamadas entrantes, salvo las de cobro revertido, y las llamadas salientes a servicios de urgencia. Para otros servicios, como la telefonía móvil, deben tenerse en cuenta además las condiciones previstas en el contrato.

Suministros (Teléfono e internet) ¿Por qué números empiezan las llamadas de tarificación adicional?

Los principales números de tarificación adicional comienzan por 803, para servicios dirigidos a adultos; 806, para servicios de ocio y entretenimiento; 807, para servicios profesionales, empresariales o de información; y 905, para determinados servicios de llamadas masivas, como televoto, entretenimiento o servicios profesionales. Estos servicios están sujetos a obligaciones específicas de información sobre su precio y sobre el prestador del servicio. Si no quieres poder utilizarlos, puedes solicitar a tu operador su desconexión.