La justicia respalda las sanciones de Consumo por falsas rebajas durante el Black Friday

Miércoles 8 de Octubre de 2025
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado, en dos autos diferentes, las sanciones que impuso el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy a empresas que bajaron precios de forma engañosa durante las rebajas del conocido como “viernes negro”

Una de las empresas sancionadas solicitó medidas cautelares al tribunal, pero este las ha rechazado, prohibiendo a la compañía repetir estas prácticas y obligando a depositar un aval por la multa

En total, Consumo sancionó a siete empresas por falsas rebajas durante el Black Friday, tres de ellas admitieron haber realizado estas prácticas engañosas y las otras cuatro presentaron recurso

Madrid, 8 de octubre 2025.- El TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) ha emitido dos autos en los que avala las sanciones que dictaminó el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por falsas rebajas en el Black Friday, es decir, por bajar el precio de forma engañosa durante las rebajas del conocido como “viernes negro”. Concretamente, el tribunal se ha pronunciado ante los recursos presentados por una de las siete empresas sancionadas por estas prácticas. La compañía, que recurrió ante el TSJM, solicitó medidas cautelares para no tener que hacer frente a la sanción mientras se resuelve su recurso, pero el tribunal las ha desestimado en dos autos, prohibiendo que siga llevando a cabo esta práctica, y obligándola, además, a depositar un aval de 110.000 euros por la multa económica.

De esta manera, y como ya ocurriera con la retirada de anuncios ilegales en Airbnb, la justicia vuelve a respaldar las actuaciones del Ministerio que dirige Pablo Bustinduy en materia de protección a los consumidores ante prácticas abusivas. En esta ocasión, las falsas rebajas consistieron en que las empresas sancionadas subieron el precio de varios productos antes del Black Friday para luego bajarlos a su precio original y ofertarlos como si fuera un descuento. Esta práctica supone un incumplimiento del artículo 20 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista ya que esta norma estipula que, a la hora de mostrar el descuento de un producto, se debe indicar como precio de referencia el menor precio que haya tenido ese producto en los 30 días anteriores al descuento.

Tres de las siete empresas sancionadas admitieron haber realizado estas prácticas engañosas, mientras que las cuatro restantes presentaron recurso. Ahora, tras los autos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se refuerza la prohibición de llevar a cabo estos falsos descuentos durante épocas de rebajas como el Black Friday, que tiene lugar a finales de noviembre.

Estas sanciones corresponden a falsas rebajas llevadas a cabo en el año 2023 por compañías que comercializan de forma online sus productos y que pueden adquirirse en tiendas y en grandes superficies, esto es productos como electrodomésticos, electrónica, deportes o cosmética. Para monitorizar los precios de estos productos, la Dirección General de Consumo usó ‘Price Reduction Tool’, una herramienta desarrollada por la Comisión Europea que permite controlar en tiempo real si las ofertas realizadas en épocas de elevado consumo cumplen con la normativa sobre indicación de precios.