OEU – Seguridad de Productos

QUÉ ES LA OFICINA DE ENLACE ÚNICA RELATIVA A LA SEGURIDAD GENERAL DE LOS PRODUCTOS – OEU SGP

Esta Oficina se crea conforme al Reglamento (UE) 988/2023 relativo a la Seguridad General de los Productos.
El marco jurídico de la vigilancia del mercado de los productos regulados en este Reglamento debe ser lo más coherente posible con las disposiciones del Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos.  Por lo tanto, es necesario armonizar entre ambas legislaciones las actividades, las obligaciones, las competencias y las medidas de vigilancia del mercado, así como la cooperación entre las autoridades de vigilancia del mercado.

A tal fin, el artículo 23 del Reglamento (UE) 988/2023 establece la necesidad de crear una Oficina de Enlace Única relativa a la seguridad general de los productos - OEU SGP -, que represente y preste asistencia a las autoridades en materia de seguridad general de los productos.

Funciones

Entre las funciones de la OEU SGP, destacan:
 

  • Representación de la delegación española en el Comité del Reglamento relativo a la Seguridad General de los productos.
  • Participación en la Red de Seguridad de los Consumidores (CSN)
  • Coordinación nacional de acciones de control simultáneas y coordinadas de las autoridades de vigilancia del mercado en materia de seguridad de productos («barridos»)

 

Red de Seguridad de los Consumidores (CSN)

Se trata de una red europea de autoridades de los Estados miembros competentes en materia de seguridad de los productos, que se crea en virtud del artículo 30 del Reglamento relativo a la seguridad general de los productos. 
El objetivo consiste en servir de plataforma para la coordinación y cooperación estructuradas entre las autoridades de los Estados miembros y la Comisión, con el fin de promover la seguridad de los productos en la Unión, en particular, facilita las actividades de intercambio de información, la organización de actividades de vigilancia del mercado conjuntas y el intercambio de conocimientos especializados y mejores prácticas.

CSN

Preguntas Frecuentes

A continuación, se incluye un documento de preguntas frecuentes sobre los operadores económicos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 988/2023 en el que se abordan las consultas más habituales, y se ofrecen respuestas claras y concisas para su consulta ágil y comprensible.

Preguntas frecuentes seguridad general de los productos

Barridos

Los “barridos” son acciones de control simultáneas y coordinadas llevadas a cabo por las autoridades de vigilancia del mercado sobre determinados productos o categorías de productos. El objetivo es comprobar el cumplimiento del RSGP y mejorar la seguridad de los productos, detectando infracciones tanto en línea como fuera de línea. En particular, deben llevarse a cabo barridos cuando las tendencias del mercado, las reclamaciones de los consumidores u otras indicaciones muestren que determinados productos o categorías de productos pueden presentar o presentan un riesgo grave. A nivel europeo, participan todos los Estados miembros y son coordinados por la Comisión Europea. La OEU SP coordina a nivel nacional los barridos organizados en materia de seguridad general de los productos. Para más información, puede consultarse el siguiente enlace: Safety Gate: the EU rapid alert system for dangerous non-food products

  • Barrido 2025: Ofertas online de artículos de puericultura

    Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado de la Red de Seguridad de los Consumidores (CSN) participaron en el primer barrido realizado en el segundo trimestre de 2025, coordinado por la Comisión Europea. Este primer barrido se centró en las ofertas online de artículos de puericultura y en el cumplimiento por parte de los mercados en línea de sus obligaciones generales en virtud del Reglamento 988/2023.

    • Participación: A nivel nacional, el barrido ha sido coordinado por la Oficina de Enlace Única de Seguridad General de los Productos, han participado además de la propia Dirección General de Consumo las autoridades competentes en materia de seguridad de los productos de las comunidades autónomas de La Rioja, Galicia, Castilla la Mancha, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura y Cataluña.
    • Análisis: se analizaron 1.741 artículos de puericultura, de los que España analizó 100 artículos de 12 tipos diferentes (biberones, tronas, cochecitos de paseo, andadores, asientos de baño niños, chupetes, asientos de bicicleta para niños, broches de chupetes y chupetes, camas de colecho, muebles para niños, barreras de seguridad o parques infantiles) en 9 plataformas de prestadores de mercados en línea (entre las que destacan las denominadas plataformas en línea de muy gran tamaño: Aliexpress, Amazon, Shein, Temu y Zalando, así como otras plataformas nacionales consideradas significativas o de gran uso entre los consumidores, como Carrefour, Miravia, Etsy y Ebay).
    • Resultados: a nivel nacional se han detectado hasta 15 tipos de incumplimiento relacionados con las obligaciones exigidas, concretamente en errores u omisiones parciales o totales de los datos sobre el fabricante original, los datos sobre la persona responsable en la UE y los datos identificativos del producto.

    Los resultados agregados publicados por la Comisión pueden consultarse en el siguiente documento: Resumen del informe UE - SWEEP 2025

Legislación complementaria

 

 

Información de interés y noticias

 

  1. Habilitado enlace para el registro en Safety Gate de puntos de contacto únicos de los prestadores de mercados en línea, en cumplimiento del artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la Seguridad General de los Productos: https://ec.europa.eu/safety-gate/Online-Marketplace-Registration/screen/home
  2. Obligación para Operadores económicos - seguridad de los productos
  3. Modelo de recuperación de productos por motivo de seguridad
  4. Portal para reportar productos peligrosos por consumidores: Consumer Safety Gateway
  5. OCDE - Recomendación del Consejo sobre seguridad de los productos de consumo
  6. Directrices sobre la aplicación por parte de las empresas del marco legislativo de la UE en materia de seguridad general de los productos y documento PDF