¿Tienes un problema con tus suministros (electricidad, agua, gas, teléfono)?
Preguntas más consultadas de Suministros:
Si se trata de una visita comercial no solicitada para ofrecerte un contrato, cambiarte de tarifa o modificar las condiciones de tu suministro, no está permitida. Las comercializadoras no pueden realizar publicidad ni contratar directamente en el domicilio salvo que hayas solicitado expresamente y por iniciativa propia recibir esa visita. Esta prohibición no afecta a las actuaciones técnicas que pueda realizar la distribuidora o personal autorizado, por ejemplo para la lectura, revisión o sustitución del contador.
Sí, puedes reclamar. Si la distribuidora incumple los niveles de continuidad del suministro establecidos legalmente, corresponde aplicar el descuento previsto en la normativa en la facturación del primer trimestre del año siguiente. Además, si ese incumplimiento te ha causado daños, como alimentos estropeados, puedes reclamar su indemnización acreditando tanto el daño como su relación con la interrupción. Conviene conservar fotografías, justificantes de compra y cualquier otra prueba disponible. La reclamación debe dirigirse a la distribuidora y, si existe discrepancia sobre el cumplimiento de los niveles de calidad, puede intervenir el órgano competente de tu comunidad autónoma.
Reclama primero ante el servicio de atención al cliente de la comercializadora, explicando el problema y aportando, si es posible, el contrato, la oferta y la factura en la que no se ha aplicado el descuento. La empresa debe facilitarte un número de referencia de la reclamación. Cuando la reclamación se refiere a una factura emitida, el plazo máximo de atención es de 5 días hábiles para usuarios con menos de 15 kW contratados y de 15 días hábiles para el resto. Si la respuesta no es satisfactoria, puedes acudir a los servicios públicos de consumo o a un sistema de resolución alternativa, incluido el arbitraje de consumo cuando la empresa esté adherida o acepte someterse a él. También puedes acudir al órgano competente en materia de energía de tu comunidad autónoma cuando exista un procedimiento administrativo aplicable a este tipo de reclamaciones, sin perjuicio de la vía judicial.
Puedes reclamar directamente ante la distribuidora, que es la responsable de la lectura del contador, o plantear la incidencia a través de tu comercializadora. La empresa debe facilitarte un número de referencia de la reclamación. Para reclamaciones relativas a la medida del consumo o a facturas emitidas, el plazo máximo de atención es de 5 días hábiles para usuarios con menos de 15 kW contratados y de 15 días hábiles para el resto. Si la reclamación no se resuelve, puedes acudir al órgano competente en materia de energía o industria de tu comunidad autónoma cuando exista un procedimiento administrativo aplicable. Además, si dudas del correcto funcionamiento del contador, tienes derecho a solicitar a dicho órgano su comprobación y verificación.
Si contrataste el gas para un despacho o actividad profesional, no actúas como consumidor a efectos de la normativa general de protección de consumidores, aunque sí te resulta aplicable la normativa sectorial del suministro de gas. Si el corte por impago está justificado y te es imputable, la reconexión no es gratuita: deberás abonar una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche vigentes. Si, en cambio, la deuda corresponde a otra persona o a un contrato anterior del que no eras titular, reclama ante la empresa y pide que justifique por qué te exige su pago o condiciona a él la reconexión.
La distribuidora es la empresa responsable de la red de gas en una zona concreta. Se encarga de llevar el gas hasta los puntos de suministro, realizar lecturas cuando corresponda, mantener la red y garantizar la calidad y seguridad del suministro. No puedes elegirla, porque depende del lugar donde esté la vivienda o local. La comercializadora es la empresa con la que contratas el gas, la que te vende la energía y la que normalmente te envía las facturas. La comercializadora sí puede elegirse, dentro de las empresas que ofrezcan servicio en tu zona.
Una empresa instaladora de gas es una persona física o jurídica habilitada para realizar, dentro de los límites correspondientes a su categoría, actividades de montaje, reparación, mantenimiento y control periódico de instalaciones de gas. Para ejercer legalmente debe cumplir los requisitos técnicos establecidos y, antes de iniciar su actividad, presentar una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma. Los instaladores de gas que realizan estos trabajos deben estar capacitados para su categoría y desarrollar su actividad en el seno de una empresa instaladora habilitada.
Según la forma de suministro, pueden distinguirse principalmente tres modalidades:
- Gas canalizado: llega a la vivienda o local a través de una red de tuberías. Es la forma habitual de suministro de gas natural.
- Gas a granel: se almacena en un depósito o tanque fijo situado en el lugar de consumo y se repone periódicamente, normalmente mediante camión cisterna. Suele utilizarse para gases licuados del petróleo, como propano.
- Gas envasado: se suministra en recipientes portátiles, como bombonas o cilindros, habitualmente de butano o propano.
No. La distribuidora de gas canalizado viene determinada por la red a la que está conectado el punto de suministro, por lo que no puedes cambiarla libremente. La distribuidora se encarga de gestionar y mantener esa red, realizar las lecturas de los contadores y determinadas actuaciones técnicas relacionadas con el suministro. Lo que sí puedes elegir es la comercializadora con la que contratas el gas.
Sí. En el suministro de gases licuados del petróleo envasados, como las bombonas de butano, la empresa puede exigir derechos de alta y una fianza para garantizar el uso correcto y la devolución de los envases y equipos que ponga a tu disposición. La suma de los derechos de alta y de las fianzas no puede superar el resultado de multiplicar el número de envases contratados por su coste unitario en la fecha en que se formalice el contrato.