Respuesta
Si no pagas las cuotas, la entidad puede reclamarte las cantidades pendientes y aplicar intereses de demora si estaban pactados y son legales. También puede cobrar gastos o comisiones de reclamación solo si cumplen los requisitos aplicables y responden a una gestión real. Si el impago continúa, la entidad puede reclamar judicialmente la deuda. En un préstamo hipotecario, la ejecución de la vivienda solo puede iniciarse cuando se cumplan los requisitos legales de vencimiento anticipado y demás condiciones previstas en la normativa.
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