Respuesta
Como regla general, no puedes realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios sin el consentimiento escrito del arrendador. Si las haces sin autorización, el arrendador puede exigir al finalizar el contrato que repongas la vivienda a su estado anterior o conservar la modificación sin pagarte ninguna compensación. Existen excepciones para determinadas obras necesarias por discapacidad o por edad superior a 70 años, que pueden realizarse previa notificación escrita al arrendador y cumpliendo los requisitos legales. En ningún caso pueden realizarse obras que disminuyan la estabilidad o seguridad de la vivienda.
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