Depende de qué sean esas «tasas de servicio». Si se trata de un cargo propio del organizador o de la compañía, su aumento no es una de las causas que permiten revisar el precio de un viaje combinado. El precio solo puede aumentarse después de contratar si el contrato lo prevé expresamente, reconoce también tu derecho a una reducción si disminuyen esos costes y la subida responde al aumento del coste del transporte por combustible u otras fuentes de energía, de impuestos, tasas o recargos exigidos por terceros no directamente implicados en la ejecución del viaje, o de los tipos de cambio aplicables. Además, el aumento debe comunicarse de forma clara y justificada, con su cálculo, al menos 20 días naturales antes del inicio. Si un aumento válido supera el 8 % del precio total, puedes aceptarlo o resolver el contrato sin penalización; si lo resuelves, deben devolverte las cantidades pagadas en un plazo máximo de 14 días naturales.
¿Puedo cancelar el viaje si me aumentan el precio de un crucero ya contratado por la subida de tasas de servicio?
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