Respuesta
Si se trata de obras de mejora que no pueden esperar razonablemente hasta que termine el contrato, el arrendador debe comunicártelas por escrito con al menos 3 meses de antelación, indicando su naturaleza, fecha de inicio, duración y coste previsible. Desde la notificación tienes 1 mes para desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de forma irrelevante a la vivienda. Si desistes, el contrato terminará 2 meses después y las obras no podrán comenzar durante ese periodo. Si decides soportarlas, tienes derecho a una reducción proporcional de la renta por la parte de la vivienda de la que no puedas disponer y a que te indemnicen los gastos que las obras te obliguen a realizar.
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