Respuesta
En general, los establecimientos abiertos al público deben disponer de hojas o formularios de reclamaciones cuando lo exige la normativa de consumo o turística aplicable. La forma, modelo, obligación de anuncio visible y tramitación varían por comunidad autónoma. Si el establecimiento se niega a entregarla, puedes dejar constancia por otro medio, conservar pruebas y reclamar ante la administración de consumo o turismo competente. Que no te den la hoja no impide reclamar.