Respuesta
Si el comercio dirige su actividad a España y tú compras como persona consumidora desde España, se aplicará la protección obligatoria prevista para las personas consumidoras en España. Aunque el contrato diga que se aplica la ley húngara, esa elección no puede privarte de las normas imperativas de protección del consumidor que te corresponderían por residir en España. En la práctica, al tratarse de una empresa de otro país de la Unión Europea, también puedes acudir al Centro Europeo del Consumidor si no consigues resolver el problema con la empresa.
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