Respuesta
Tienes derecho a escoger libremente el modo de pago sin que se produzca una discriminación indebida entre consumidores. Las modalidades disponibles deben estar claramente indicadas en las condiciones del suministro y cualquier diferencia entre ellas debe responder a los costes que cada sistema suponga para la comercializadora. Entre los medios de pago puede ofrecerse la domiciliación bancaria y, según la empresa y el contrato, otros sistemas como transferencia, ingreso en cuenta u otros medios equivalentes.
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