Abierto el plazo de solicitud de subvenciones de fomento de la actividad de las Juntas Arbitrales de Consumo locales y autonómicas

Todas las juntas arbitrales del ámbito Municipal, Provincial y Autonómico podrán solicitar estas subvenciones de apoyo a su funcionamiento de forma telemática a través del siguiente enlace

El plazo de presentación de instancias estará abierto desde hoy 23 de junio hasta el próximo 2 de julio.

Este sábado, 21 de junio, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la Orden del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, por la que se convocan subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo para el ejercicio 2025. 

El sistema arbitral de consumo es el instrumento de las administraciones públicas para que la ciudadanía pueda resolver, de manera eficaz, conflictos y reclamaciones en materia de consumo, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.

A través del sistema arbitral de consumo las partes voluntariamente encomiendan a un órgano arbitral, que actúa con imparcialidad, independencia y confidencialidad, la decisión sobre la controversia o conflicto surgido entre ellas.

El Sistema Arbitral de Consumo se configura a través de la actividad de las diferentes juntas arbitrales: municipales, provinciales, autonómicas y nacional.

Podrán solicitar estas subvenciones todas Juntas Arbitrales de Consumo: municipales, provinciales y autonómicas.

Las cuantías que se destinarán a apoyar la actividad arbitral están dotadas con 1.230.180,00 euros, a la ayuda a la gestión de las Juntas Arbitrales adscritas a administraciones autonómicas, así como con 1.200.480,00 euros, a la ayuda a la gestión de las Juntas Arbitrales adscritas a entidades locales.

Con estas subvenciones anuales el Ministerio apoya y fomenta la actividad de las juntas contribuyendo a la existencia de medios suficientes para el desempeño de su valiosa labor.

 

En la página web de consumo se ofrece toda la documentación necesaria para completar la información, tanto la Orden SCO/3703/2005, de 25 de noviembre,  modificada por la Orden SCO/2237/2006, de 26 de junio, como la orden de convocatoria y el extracto de publicación en el BOE que determina el plazo de presentación de solicitudes.

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