Nota informativa sobre el nuevo arancel de 3 euros en la compra de productos de valor inferior a 150 euros provenientes de terceros países

Desde el 1 de julio de 2026, la Unión Europea ha establecido un nuevo arancel, o derecho de aduana, temporal de 3 euros sobre algunos productos de valor inferior a 150 euros procedentes de países1de fuera de la Unión Europea. Incluso las compras realizadas antes del 1 de julio de 2026 podrán quedar sujetas al nuevo arancel si llegan a España con posterioridad a dicha fecha.

Las personas consumidoras deben prestar especial atención a las condiciones de compra de las plataformas de venta online para conocer si el precio ofrecido de un producto incluye impuestos, aranceles y gastos de gestión, en aras de evitar costes adicionales en el momento de la entrega.

Esta medida estará vigente hasta el 1 de julio de 2028, fecha a partir de la cual se aplicarán los derechos de aduana ordinarios que correspondan según el tipo de producto.

1. ¿A QUÉ COMPRAS AFECTA?

Afecta a productos procedentes de países de fuera de la Unión Europea con valor de hasta 150 euros.

El criterio determinante es el lugar desde donde se envía la mercancía y su valor, no el dominio web ni la moneda en la que se muestra el precio, o se pague la compra. Por tanto, el arancel afectará a productos enviados desde un país de fuera de la Unión Europea, con independencia de la nacionalidad de la plataforma online donde se realiza la compra.

2. ¿CÓMO SE CALCULA?

El arancel de 3 euros se aplica por cada línea de la declaración aduanera que, habitualmente, se corresponde con las categorías o tipos productos que se están importando, no por paquete. Esto significa que un mismo envío puede generar varios cargos si contiene productos de tipos o categorías diferentes.

Por ello, pedidos con productos de distinta categoría pueden conllevar varios pagos del arancel de 3 euros, como se ve en el siguiente ejemplo.

Ejemplo de envío

Arancel o derechos de aduana

5 camisetas exactamente iguales3 € (un único artículo distinto)
1 camiseta + 1 reloj6 € (dos artículos distintos)

 

3. ¿QUIÉN PAGA EL ARANCEL?

El pago del arancel corresponde a quien presenta la declaración aduanera en el momento de la llegada del producto a la frontera. Por “declaración aduanera” se entiende la información que debe facilitarse a la aduana sobre un envío que entra en la Unión Europea.

La responsabilidad legal de pagar el arancel a su llegada a la UE recae, por tanto, en las plataformas y los vendedores, o en el transportista o agente que declara las mercancías a las autoridades aduaneras.

Sin embargo, las personas consumidoras podrían tener que abonar el arancel a la empresa que gestiona la importación. En estos casos, es posible que la empresa de transportes requiera a la persona consumidora el pago del arancel, junto con el IVA, como condición para la entrega del paquete, después de haber pagado el precio de compra.

Asimismo, la empresa o plataforma comercializadora podría repercutir el coste del arancel en el precio final de la compra antes de realizar el pedido, en particular, si se realiza en línea.

Solo en el caso que la persona consumidora asuma la realización de la declaración aduanera personalmente la Agencia Tributaria le reclamaría de forma directa este importe, en cuyo caso podría solicitar la factura de compra y los justificantes de pago durante los cuatro años siguientes a la adquisición. Si la persona consumidora decide realizar la declaración ante aduanas por sí misma, se recomienda conservar la factura de compra, los justificantes de pago y la documentación asociada al envío durante al menos cuatro años.

4. DEVOLUCIONES Y REEMBOLSOS

El nuevo arancel no afecta al derecho de desistimiento de las personas consumidoras en las compras a distancia (por ejemplo, en las compras a través de internet). En consecuencia, cuando la compra se realice a una empresa o profesional y resulte aplicable la normativa de consumo, la persona consumidora mantiene el derecho a desistir del contrato, sin necesidad de justificar su decisión, en el plazo general de 14 días naturales, salvo las excepciones legalmente previstas.

En los casos de desistimiento sobre compras en las que el importe del arancel haya sido repercutido al consumidor por el comerciante como parte del precio, o de los costes asociados a la operación, debe incluirse el reembolso íntegro en la devolución, pues se rige por las normas generales sobre el derecho de desistimiento.

Sin embargo, cuando el arancel haya sido satisfecho directamente ante la autoridad aduanera o un representante aduanero por parte de la persona consumidora, se aplica la normativa aduanera y, por tanto, el reembolso por parte del comerciante abarcará únicamente el precio del bien.

En estos casos, de acuerdo con el Código Aduanero de la Unión, la persona consumidora puede solicitarse la devolución del arancel cuando los productos sean defectuosos o no se ajusten al contrato, es decir, no se correspondan con lo que se compró. Para ello, dispondrá de un plazo de un año para solicitar la devolución de esos 3 euros. La solicitud debe presentarse por registro, dirigida a la Aduana, e incluir documentos o pruebas que demuestren que el producto era defectuoso, estaba dañado o no se ajustaba a lo contratado.

5. RECOMENDACIONES

Antes de realizar una compra online de productos enviados desde fuera de la Unión Europea, es recomendable tener en cuenta las siguientes cuestiones:

1. Comprobar desde dónde se envía realmente el producto.

No siempre coincide con el país de la página web, el idioma utilizado o la moneda en la que se muestra el precio. Lo importante es el país desde el que se remite la mercancía, y siempre que sea un país de fuera de la Unión habrá arancel y deberemos prestar más atención a la información sobre la forma de abono de este.

2. Revisar si el precio final incluye todos los costes.

Antes de pagar, conviene comprobar si el precio anunciado incluye el IVA, los aranceles, los gastos de gestión aduanera y cualquier otro coste asociado a la importación. La normativa de consumo obliga a las comercializadoras a presentar el precio completo final y con los diferentes conceptos que se imputen, distintos del valor del producto, de forma desglosada. Revisa muy bien estos detalles antes de pagar, y comprueba que el importe total final que te cobran no varía.

3. Leer las condiciones de compra y entrega.

Es importante revisar si la plataforma o la empresa vendedora informa de cómo se paga el arancel por si el producto pudiera estar sujeto a trámites aduaneros o a pagos adicionales en el momento de la entrega.

4. Conservar la documentación de la compra.

Se recomienda guardar la factura, el justificante de pago, la confirmación del pedido, las comunicaciones con la empresa vendedora y cualquier documento entregado por la empresa de transporte o por quien gestione la importación, al menos hasta concluir el periodo de 14 días de desistimiento, y durante 4 años si la persona consumidora realiza la declaración ante aduanas personalmente.

5. Revisar las condiciones de devolución antes de comprar.

Antes de comprar, conviene revisar si la devolución debe enviarse a un país de fuera de la Unión Europea, quién paga los gastos de transporte de retorno y si pueden generarse nuevos trámites o costes asociados a la devolución.

6. Distinguir entre el precio del producto y los costes aduaneros.

Si se devuelve el producto, el reembolso del precio pagado a la empresa vendedora no implica necesariamente la devolución de aranceles, IVA de importación o gastos de gestión abonados a otras entidades, como transportistas u operadores aduaneros, salvo que formen parte del precio del producto.

7. Prestar especial atención a productos de bajo precio.

En compras de importe reducido, los costes de importación, gestión o devolución pueden representar una parte importante del precio total.

8. Desconfiar de ofertas poco claras.

Si la página no informa adecuadamente sobre origen del producto, impuestos, aranceles, gastos de envío, gestión aduanera, devoluciones o datos de contacto de la empresa vendedora, conviene valorar si la compra ofrece suficientes garantías.

9. Consultar el estado aduanero del envío cuando sea necesario.

Si existen dudas sobre la situación del paquete, puede consultarse la información disponible a través de los servicios habilitados por la Agencia Tributaria o por la empresa transportista.

10. Dirigir cada reclamación al organismo o entidad competente.

Las incidencias relacionadas con la información ofrecida por la empresa, el precio, la entrega, el derecho de desistimiento o la falta de conformidad del producto pueden ser reclamables ante las autoridades de consumo. Sin embargo, las cuestiones relativas a la reclamación de arancel en los casos que la persona consumidora realice personalmente la declaración deben dirigirse a la autoridad aduanera.