La Ley SAC avanza en la transparencia algorítmica


Las empresas deberán avisar a la ciudadanía cuando les realicen ofertas personalizadas, detallando los parámetros en los que se han basado.

Madrid, 27 enero 2025. El pasado 27 de diciembre se publicó en el BOE la conocida como Ley SAC, que establece unos niveles mínimos de calidad que deben cumplir todos los servicios de atención a la clientela, y reconoce nuevos derechos a las personas consumidoras y usuarias.

Entre estos nuevos derechos que reconoce la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela (Ley SAC), se establecen mecanismos para avanzar en la conocida como “trasparencia algorítmica”, en la fijación de precios.

Para hacer efectivo este derecho de la ciudadanía a una transparencia y claridad en las comunicaciones comerciales, la nueva regulación obliga a las empresas que realicen una oferta de precio personalizada, basada en la explotación de forma automatizada de datos personalizados, a informar de ello y explicitar los parámetros sobre los que se basa la oferta.

Esta medida persigue que la ciudadanía comprenda mejor qué datos personales, intereses o comportamientos han influido en la selección de comunicaciones comerciales que se le dirigen de forma individualizada, lo que les ayudará mantener un control más consciente sobre la privacidad y uso de sus datos, y evitar posibles manipulaciones en las decisiones de compra.

Además de la transparencia, se establece para las empresas la obligación de mantener invariable la oferta personalizada durante todo el proceso de compra, ya que cuando los precios cambian inesperadamente antes de finalizar la compra, las personas consumidoras pueden sentirse presionadas a tomar decisiones apresuradas. 
Por último, también se prohíbe que, entre los parámetros establecidos para la personalización de precios, se incluyan variables que puedan ser discriminatorias o que exploten situaciones de riesgo o necesidad.

La gestión y publicidad de los precios constituyen uno de los elementos centrales en la protección y defensa de los derechos de las personas consumidoras, siendo obligatoria que los criterios para su fijación y la publicidad de estos sea clara. inequívoca y vinculante, los cambios en la normativa que ha introducido la ley SAC, avanzada en la plena aplicación el derecho del consumo al ámbito digital, fomentando una relación más ética entre personas consumidoras y empresas, promoviendo un entorno digital más justo, seguro y con derechos.