Consumo informa por carta a más de 500 empresas que gestionan más de 50 viviendas cada una de la obligatoriedad de aceptar la prórroga de los alquileres

dijous, abril 23, 2026 - 17:22
Ministerio de Consumo

El ministerio que dirige Pablo Bustinduy recuerda a las empresas que la prórroga de los contratos de alquiler deberá ser aceptada obligatoriamente una vez sea solicitada por el arrendatario, según el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la situación internacional, aprobado en Consejo de Ministros

●    La carta ha sido enviada a un total de 541 empresas, como inmobiliarias, fondos de inversión o entidades financieras, que concentran o gestionan más de 50 propiedades en alquiler en España. En total, las empresas contactadas gestionan más de 50.000 viviendas en alquiler.

●    Los inquilinos con contratos que caduquen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 pueden solicitar la prórroga de su contrato de alquiler con las mismas condiciones, conforme al Real Decreto-ley 8/2026.

●    El 61% del mercado del alquiler está en manos de multiarrendadores particulares y personas jurídicas, según un informe elaborado por Consumo en colaboración con el CSIC.

Madrid, 24 de abril de 2026.- El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dirigido por Pablo Bustinduy, ha remitido este viernes una carta a 541 empresas, como inmobiliarias y fondos de inversión, que gestionan o concentran 50 o más propiedades cada una, para informarles de que deben prorrogar obligatoriamente los contratos de sus inquilinos que caduquen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, y que así lo hayan solicitado conforme al Real Decreto-ley 8/2026 aprobado por el Consejo de Ministros.

En la carta, que ha sido firmada por el Director General de Consumo, se informa a todas las empresas de la obligatoriedad de cumplir con el Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la situación internacional. Las medidas afectan directamente a los arrendamientos de vivienda habitual, sector en el que operan estas inmobiliarias.

Un informe elaborado por Consumo en colaboración con el CSIC, arrojaba este jueves el dato de que el 61% del mercado del alquiler se encuentra en manos de multiarrendadores particulares y personas jurídicas, mientras que el pequeño casero con una sola vivienda en alquiler controla el 39% de las viviendas alquiladas. Además, el estudio revela que los caseros o personas que perciben rentas por alquiler de vivienda habitual suponen un 4,9% de la población total frente al volumen de inquilinos, que constituyen el 20,8% de la población. Los multiarrendadores controlan una proporción todavía mayor del mercado del alquiler en grandes ciudades como Las Palmas (65%), Santa Cruz de Tenerife (64,6%), Palma (63%), Barcelona (60,8%), Madrid (56,4%) o Valencia (55%).

En este sentido, la carta también explica a los grandes tenedores en qué consiste la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual: el inquilino podrá renovar de forma extraordinaria su contrato de alquiler una vez finalice la duración de este por plazos anuales, y hasta un máximo de dos años adicionales, siempre que el contrato estuviese entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. Por tanto, la norma genera un nuevo derecho de renovación del plazo del contrato de alquiler por dos años que, previa solicitud del inquilino, deberá ser aceptado obligatoriamente por el arrendador, manteniéndose los términos y condiciones del contrato en vigor.

Consumo ha solicitado a las entidades la máxima diligencia para asegurar la correcta aplicación de las medidas, así como la adopción de los procedimientos internos necesarios para su cumplimiento inmediato.