Desde el pasado 13 de julio y hasta el próximo 31 de julio, la ciudadanía podrá trasladar su opinión sobre la norma. El resultado de la consulta servirá de base para la elaboración del anteproyecto de ley que transpondrá la nueva normativa europea.
Madrid, 15 de julio de 2026. El pasado 13 de julio, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 inició la consulta pública previa al proceso de elaboración del anteproyecto de ley para la transposición de la directiva que busca hacer más eficaz la protección a las personas consumidoras en viajes.
En concreto, la futura ley transpondrá al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2026/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/2302, sobre viajes combinados.
La nueva norma tiene la intención de simplificar el marco regulatorio que se aplica en la contratación de viajes combinados, parar reforzar la protección a las personas viajeras.
Así, la primera de las modificaciones incorporadas es la eliminación de la categoría "servicios de viaje vinculados” y toda su regulación contenida en el anexo II de la directiva anterior, simplificando con ello la distinción entre viaje combinado y servicio independiente, y actualizando los criterios para determinar cuando existe un viaje combinado.
Por otro lado, se incorpora una nueva obligación para las empresas que inviten a contratar servicios adicionales, que no sean consideradas viaje combinado, de informar de forma clara, comprensible y destacada que las personas que acepten la contratación no gozarán de los derechos propios de los viajes combinados.
Otra relevante novedad de la directiva es la clarificación de las circunstancias inevitables y extraordinarias en las que la empresa tendrá derecho a resolver el contrato, así como la regulación de los vales permitidos como alternativa al reembolso del servicio no prestado o cancelado. Además, para facilitar el cumplimiento del plazo legal de 14 días para que la empresa organizadora reembolse a la persona viajera el coste de un servicio no prestado por otra empresa, se establece un plazo de 7 días para que la empresa que canceló o no prestó el servicio reembolse el dinero a la empresa organizadora. Y, por último, se reforzará la protección frente a la insolvencia, así como el procedimiento para la tramitación de las reclamaciones. Antes de la elaboración del anteproyecto de ley que recogerá esta y otras modificaciones, la consulta pública ofrece a cualquier persona, empresa, asociación o entidad interesada la posibilidad de trasladar su opinión, respondiendo al cuestionario disponible, entre el 13 y el 31 de julio en el portal de participación pública. (https://www.dsca.gob.es/es/servicio-a-la-ciudadania/participacion-publica/proy-normativos/consultas-publicas).