Respuesta
Sí, si el uso de la vivienda te ha sido atribuido conforme a la legislación civil aplicable. Si esa atribución es permanente o por un plazo superior al tiempo que queda de contrato, pasarás a ser titular del alquiler. Debes comunicar al arrendador tu voluntad de continuar en la vivienda dentro de los 2 meses siguientes a la notificación de la resolución correspondiente y acompañar copia de esta o de la parte que afecte al uso de la vivienda.
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