Respuesta
Si vendes un coche, una vivienda u otro bien asegurado, debes comunicar la transmisión por escrito a la aseguradora en el plazo de 15 días. Con carácter general, el comprador se subroga en los derechos y obligaciones del seguro, aunque existen excepciones y la aseguradora o el adquirente pueden resolver el contrato en determinados supuestos. En el seguro de automóvil, además, hay que distinguir entre la cobertura obligatoria y las coberturas voluntarias.
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