Respuesta
Depende del tipo de vivienda y del territorio donde se encuentre. Con carácter general, en la Península y Baleares, si se trata de la primera entrega de una vivienda por el promotor se paga IVA y, normalmente, Actos Jurídicos Documentados (AJD). En las viviendas de segunda mano se paga normalmente el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En Canarias, Ceuta y Melilla se aplican impuestos indirectos propios en lugar del IVA. Los tipos aplicables y las posibles bonificaciones o tipos reducidos dependen también de la normativa territorial correspondiente.
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