Respuesta
Un servicio de viaje vinculado se produce cuando contratas por separado al menos dos tipos de servicios para el mismo viaje, mediante alguna de las formas previstas legalmente, sin que lleguen a constituir un viaje combinado. A diferencia de este, cada prestador es, con carácter general, responsable de la correcta prestación de su propio servicio. El empresario que facilita los servicios de viaje vinculados debe informarte claramente de esta circunstancia y ofrecer la protección frente a su insolvencia prevista legalmente. Si incumple estas obligaciones de información o garantía, pueden resultar aplicables derechos adicionales previstos para los viajes combinados.