Respuesta
Como regla general, una empresa solo puede enviarte publicidad por SMS, WhatsApp u otros medios electrónicos equivalentes si la has solicitado o autorizado previamente. No obstante, si ya eres cliente, puede enviarte publicidad de productos o servicios de su propia empresa similares a los que contrataste, siempre que haya obtenido lícitamente tus datos de contacto. En este caso debe haberte ofrecido una forma sencilla y gratuita de oponerte tanto al recoger tus datos como en cada comunicación comercial.