Respuesta
Sí, pero solo respecto de la reparación realizada y de la avería cubierta por esa garantía. Durante el plazo de garantía, si reaparece el defecto reparado o surge una avería relacionada con la reparación, el SAT debe repararla gratuitamente, incluida la mano de obra, las piezas de repuesto, los materiales y los impuestos. También cubre los gastos de transporte y desplazamiento necesarios cuando correspondan a conceptos que ya se hubieran abonado en la factura de la reparación anterior. No cubre averías nuevas o ajenas a la reparación anterior, ni daños causados por mal uso o por manipulaciones de terceros.