Respuesta
Sí, si el contrato de vivienda habitual entra en la prórroga legal posterior, siguen aplicándose las mismas condiciones legales y pactadas, salvo los cambios permitidos por la ley o por el propio contrato, como la actualización de la renta cuando proceda. El arrendador no puede aprovechar la prórroga para imponer unilateralmente una renta nueva, nuevas garantías u otras condiciones distintas. Si se firma un nuevo contrato, ya no estaríamos ante una simple prórroga y habría que revisar las reglas aplicables, especialmente si la vivienda está en una zona de mercado residencial tensionado.
Sector