Alquilé un coche y, al devolverlo, me dicen que he ocasionado unos daños que no existían antes. ¿Puedo reclamar?

Respuesta

Sí. Si la empresa pretende cobrarte daños, debe identificar y justificar el daño, su importe y la base del cargo. Para determinar si el daño ya existía es especialmente importante la documentación sobre el estado del vehículo al recogerlo. Si no se dejó constancia del estado inicial, el Código Civil presume, salvo prueba en contrario, que recibiste el vehículo en buen estado; además, el arrendatario responde del deterioro producido durante el alquiler salvo que pruebe que se ocasionó sin culpa suya. Por eso es recomendable revisar el vehículo al recogerlo y al devolverlo, hacer fotografías o vídeos y procurar que quede constancia por escrito de su estado. Si no estás de acuerdo con el cargo, reclama por escrito a la empresa. Si no obtienes una solución satisfactoria, puedes acudir a los organismos de consumo o a la Junta Arbitral del Transporte competente. En controversias de hasta 15.000 euros se presume el sometimiento a esta vía salvo que alguna de las partes lo hubiera excluido expresamente antes de iniciarse el alquiler. También puedes acudir a los tribunales.