Derechos Sociales somete a información pública la norma que regulará los listados de animales de compañía permitidos

divendres, abril 17, 2026 - 09:55
Bustinduy durante una visita

Es un proyecto de real decreto, elaborado por Derechos Sociales, que recoge los criterios y procedimientos para la inclusión o exclusión de especies en el listado positivo de animales de compañía y también en el de especies domésticas de compañía

Estos criterios determinarán qué especies podrán mantenerse como animales de compañía en los hogares españoles, al igual que sucede en otros países como Francia, Bélgica o Países Bajos

Madrid, 17 de abril de 2026.- El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha puesto en marcha este viernes el proceso de información pública del proyecto de real decreto que desarrollará el listado positivo de animales de compañía y también en el de especies domésticas de compañía.

Ambos listados son dos herramientas que contempla la conocida como Ley de Bienestar Animal (Ley 7/2023) para establecer qué especies podrán ser mantenidas como animales de compañía en los hogares españoles.

El texto publicado este viernes por la Dirección General de Derechos de los Animales desarrolla el procedimiento de inclusión o exclusión de especies en estos listados, y concreta los criterios técnicos que se tendrán en cuenta para aprobar las sucesivas listas de mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados que establece la citada Ley 7/2023 en su disposición final cuarta.

De esta forma, el Gobierno de España elaborará el listado positivo de animales en base a estos criterios (que puedes consultar aquí) y a partir del dictamen que elabore el Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, que es el órgano interministerial que está formado, además de por Derechos Sociales, por los ministerios de Transición Ecológica y Reto Demográfico, de Sanidad, y de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Este listado positivo sigue la estela de la normativa vigente en otros países europeos en el que ya está vigente esta herramienta para garantizar el bienestar de los propios animales y para combatir el comercio ilegal de especies exóticas desde terceros países. Entre los países que ya cuentan con esta regulación se encuentran Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Chipre, Croacia, Noruega, Lituania o Malta, mientras que Francia, Finlandia y Eslovenia están desarrollando la normativa necesaria para su implantación.