Respuesta
Con carácter general, sí. Las entidades pueden pactar libremente los intereses y comisiones de un préstamo, pero deben informarte de forma clara antes de contratar y solo pueden cobrar comisiones por servicios efectivamente prestados o gastos que hayan tenido. Además, hay límites legales en algunos casos, como determinadas comisiones por reembolso o amortización anticipada en préstamos hipotecarios o créditos al consumo. Los tribunales también pueden declarar nulo un interés usurario o una cláusula abusiva.
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