Compré un billete para volar desde Australia a Italia y se canceló el vuelo. ¿Se aplica la normativa europea de derechos de los pasajeros?

Respuesta

Depende de la compañía que opere el vuelo. El Reglamento (CE) 261/2004 se aplica a los vuelos que salen de un país no perteneciente a la Unión Europea y tienen como destino un aeropuerto de la UE cuando el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo es una compañía aérea comunitaria, salvo que el pasajero haya recibido ya en el país de origen los beneficios o compensación y la asistencia previstos en el Reglamento. Por tanto, en un vuelo de Australia a Italia operado por una compañía comunitaria se aplican, en principio, las normas europeas sobre cancelación; si lo opera una compañía no comunitaria, el Reglamento 261/2004 no se aplica por el solo hecho de que el destino sea Italia.