Respuesta
Sí. Puedes solicitar el traslado de tu cuenta de pago a otra entidad situada en España. El servicio puede incluir el traslado de órdenes permanentes de transferencia, adeudos domiciliados y transferencias entrantes recurrentes, así como la transferencia del saldo positivo y, si lo pides, el cierre de la cuenta anterior. Para iniciar el traslado tendrás que autorizarlo y concretar qué servicios quieres trasladar.
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