Respuesta
Sí. El contenido concreto de la oferta, promoción y publicidad forma parte de lo exigible aunque no figure después expresamente en el contrato. Si la academia anuncia, por ejemplo, prácticas garantizadas, acceso a una determinada bolsa de empleo o características concretas de la formación, debe cumplir lo ofrecido. La publicidad debe además ser veraz y no inducir a error. No obstante, una referencia general a las salidas profesionales de un curso no supone por sí sola una garantía de obtener un empleo. Conviene conservar folletos, capturas de pantalla, correos y mensajes que acrediten lo anunciado.
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