Respuesta
Si se trata de una visita comercial no solicitada para ofrecerte un contrato, cambiarte de tarifa o modificar las condiciones de tu suministro, no está permitida. Las comercializadoras no pueden realizar publicidad ni contratar directamente en el domicilio salvo que hayas solicitado expresamente y por iniciativa propia recibir esa visita. Esta prohibición no afecta a las actuaciones técnicas que pueda realizar la distribuidora o personal autorizado, por ejemplo para la lectura, revisión o sustitución del contador.
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