Respuesta
La empresa que facilita un servicio de viaje vinculado debe informarte claramente, antes de contratar, de que no estás adquiriendo un viaje combinado, de que cada prestador responde de su propio servicio y de la protección frente a la insolvencia que te corresponde. Esta información debe facilitarse mediante el formulario normalizado previsto legalmente. Si la empresa incumple estas obligaciones, pueden pasar a aplicarse a los servicios contratados determinados derechos propios de los viajes combinados, por ejemplo en materia de cesión, cancelación y ejecución del viaje.