¿Tengo derecho a asistencia si mi vuelo sufre un retraso?

Respuesta

Sí, si el retraso alcanza determinados tiempos mínimos. La aerolínea debe ofrecer comida y bebida suficientes, medios de comunicación y, si es necesario, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el hotel. Este derecho nace cuando el retraso previsto es de 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km; de 3 horas o más en vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km y en los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km; y de 4 horas o más en el resto de vuelos. Si el retraso es de al menos 5 horas, también puedes optar por no viajar y pedir el reembolso del billete en los términos previstos legalmente.