Respuesta
Sí. Si la reparación es urgente para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, puedes realizarla previa comunicación al arrendador y exigirle de inmediato su importe, siempre que se trate de una reparación que le corresponda asumir. Conviene conservar la comunicación realizada y los justificantes de la reparación y del pago.
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