Respuesta
No por el mero hecho de que se venda la vivienda. En los contratos celebrados desde el 6 de marzo de 2019, el comprador debe respetar el alquiler durante los primeros 5 años de vigencia del contrato, o durante los primeros 7 años si el anterior arrendador era una persona jurídica. Si se pactó una duración superior, la continuidad durante el tiempo restante dependerá de las circunstancias previstas legalmente.
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