Respuesta
Puedes reclamar igualmente por otros medios que dejen constancia, como correo electrónico, burofax o escrito dirigido a la empresa. Además, puedes comunicar a los servicios de consumo de tu comunidad autónoma que el establecimiento no tenía o no quiso facilitar hojas de reclamaciones. La obligación concreta de disponer de hojas de reclamaciones y su formato varía por comunidad autónoma.