Depende de cuándo se firmó el contrato y de cuándo se produzca la ejecución hipotecaria. En los contratos celebrados desde el 6 de marzo de 2019, si el propietario pierde la vivienda por una ejecución hipotecaria durante los primeros 5 años del alquiler, o durante los primeros 7 años si el arrendador era una persona jurídica, tienes derecho a continuar en la vivienda hasta completar ese periodo. Si se había pactado una duración superior y la ejecución se produce después de esos 5 o 7 años, la continuidad del alquiler dependerá, entre otras circunstancias, de si el contrato estaba inscrito en el Registro de la Propiedad antes que la hipoteca ejecutada. Si tu contrato es anterior al 6 de marzo de 2019, debe comprobarse el régimen legal que le resulte aplicable.
¿Puedo seguir en la vivienda en la que estoy de alquiler si el propietario la pierde por ejecución hipotecaria?
Respuesta
Sector